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PERSONAS FISICAS PRESENTARAN DECLARACION INFORMATIVA DE OPERACIONES CON TERCEROS (DIOT) PDF Imprimir E-Mail

La declaración informativa de operaciones con terceros es una obligación fiscal prevista en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que consiste en proporcionar mensualmente al Servicio de Administración Tributaria (SAT), información sobre las operaciones con sus proveedores.

Deben presentarla todos los contribuyentes personas físicas y morales que sean sujetos del IVA.

 

 

Si usted es persona física y está  inscrita por servicios profesionales (honorarios), como arrendador de bienes inmuebles, en el Régimen Intermedio, o en el Régimen de Actividades empresariales a partir de agosto de 2008 debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

Todos los contribuyentes obligados a presentar las Declaraciones Informativas de Operaciones con Terceros correspondientes al 2008, deberán hacerlo con la versión de la DIOT completa 2008.

La versión Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) 2007 Simplificada, se podrá utilizar por los contribuyentes que deban presentar una declaración complementaria por los periodos del ejercicio 2007, siempre y cuando la normal o la complementaria que se corrige se haya presentado en la versión simplificada.

Las declaraciones normales de 2007, que se presenten extemporáneamente, deberán presentarse en la versión Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) 2008 Completa.

Las declaraciones correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2007, que se presenten durante el mes de enero de 2008, se podrán enviar en la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) 2007 Simplificada.

La información se presentará mediante el formato electrónico A-29 Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) 2008 Completa.
 
Las personas morales la presentan mensualmente a más tardar el último día del mes siguiente al que corresponda la información.

La información se presentará con el formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros” en los siguientes medios:

  • Cuando se realicen hasta de 500 registros a través de la página de Internet del SAT

  • Cuando se realicen más de 500 registros en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente, en disco compacto (CD), o en dispositivos “USB”, los que serán devueltos al contribuyente después de realizar las validaciones respectivas.



Las personas físicas la presentarán en la fecha que se indican:

Por el periodo de enero a junio de 2008, las personas físicas tendrán por cumplida esta obligación, siempre que estén obligadas a presentar la declaración de clientes y proveedores y a cumplir con lo dispuesto en el artículo 133, fracción VIII de la Ley del ISR, siempre que cumplan con estas obligaciones.


Información correspondiente al mes de:Se presentará en el mes de:
Julio de 2008Agosto de 2008
Agosto de 2008Septiembre de 2008
Septiembre de 2008Octubre de 2008
Octubre de 2008Noviembre de 2008
Noviembre de 2008Diciembre de 2008
Diciembre de 2008Enero de 2009

 
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